
Certificado de Origen TLC Ecuador–China
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- Date marzo 17, 2026
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📖Lineamientos técnicos para su correcta validación documental
Con la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio Ecuador–China, el Certificado de Origen (CO) se consolida como un documento estratégico dentro del proceso de nacionalización de mercancías.
En el entorno actual de fiscalización técnica y control documental, la correcta validación del Certificado de Origen ya no es una tarea operativa básica, sino una competencia profesional clave.
Uno de los principales errores detectados en revisión documental no está en el contenido… sino en el formato utilizado.
📚 Formato oficial obligatorio
Para acogerse a preferencias arancelarias bajo el TLC, el Certificado de Origen debe emitirse exclusivamente en el formato oficial en idioma inglés, titulado:
“CERTIFICATE OF ORIGIN – China-Ecuador Free Trade Agreement”
No son válidos:
- Formatos traducidos.
- Modelos adaptados.
- Certificados emitidos en idioma distinto al inglés.
- Versiones que no correspondan al Anexo 5 del Tratado.
✅ Validación estructural por casillas
- Casillas 1 y 2 – Exportador e Importador
Deben contener nombre legal completo, dirección y país.
Cualquier variación respecto a la factura comercial puede generar observación.
- Casilla 3 – Transporte y ruta
Debe ser coherente con el conocimiento de embarque (BL).
Si la información no se conoce, el instructivo permite colocar “***”
Casilla 4 – Observaciones
Aquí debe incluirse:
- Número de pedido
- Carta de crédito (en caso de existir)
- Nombre de operador no Parte
- La frase “ISSUED RETROSPECTIVELY” si fue emitido después del embarque
La omisión de esta frase cuando corresponde puede generar cuestionamientos en revisión documental.
Casilla 5 – Número de artículo
Indique el número de artículo
Casilla 6 – Descripción de mercancías
Debe ser técnicamente suficiente para permitir la identificación del producto por parte de la autoridad aduanera.
Si la mercancía no está embalada, debe indicarse “in bulk”.
Al finalizar la descripción debe constar “***”
Casilla 7 – Código HS (6 dígitos)
Debe coincidir con la clasificación arancelaria a nivel de 6 dígitos (Naladisa) acorde al arancel.
Casilla 8 – Criterio de origen
Debe aplicarse correctamente uno de los criterios establecidos en el Capítulo 4 del TLC que concierne a la aplicación de origen del producto y su composición:
- WO (Wholly Obtained)
- WP (Wholly Produced)
- RVC (≥ 40% Regional Value Content)
- PSR (Product Specific Rule)
Una aplicación incorrecta del criterio implica pérdida de preferencia arancelaria.
Casilla 9 – Cantidad
Debe indicarse la cantidad exacta de cada mercancía, junto con su unidad de medida (unidades, kg, litros, m³, etc.).
Es indispensable que coincida con la factura comercial.
Diferencias en cantidades pueden generar observaciones o requerimientos documentales.
Casilla 10 – Número y fecha de factura
Debe consignarse el número exacto y la fecha de la factura comercial.
Este dato es obligatorio incluso si la factura fue emitida por un operador no Parte.
Cualquier error en numeración o fecha puede afectar la validación del beneficio arancelario.
Casillas 11 y 12 – Declaración y certificación
La casilla 11 debe estar firmada por el productor o exportador.
La casilla 12 debe contener firma o sello del organismo autorizado.
Sin esta certificación, el documento carece de validez
✅ Validación del organismo emisor
El Certificado de Origen únicamente puede ser emitido por organismos autorizados conforme al Tratado.
La validación de entidades y sellos debe realizarse exclusivamente en los siguientes anexos oficiales:
Si el organismo que certifica en la casilla 12 no consta en estos listados, el documento no es válido para aplicar el TLC.
✅ Validación electrónica
🔗 Anexos
📚 Sustento normativo
La presente guía técnica se fundamenta en:
- Texto oficial del Tratado de Libre Comercio Ecuador–China.
- Anexo 5 – Formato oficial del Certificado de Origen
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